Subgerencia de Desarrollo Social
1.1. MARCO NORMATIVO
1.1.1 Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972.
1.1.2 Decreto legislativo N° 1438 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad
1.1.3 Resolución Directoral N° 008-2018-EF/51.01, que aprueba el texto Ordenado de la Directiva N° 002-2018-EF/ “Lineamientos para la elaboración y presentación de información financiera y presupuestaria para el cierre del ejercicio fiscal de las entidades organizativas no financieras que administren recursos públicos”.
1.1.4 Reglamento de Organización y Funciones – 2017-MPC.
1.1.5 Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2024.
1.1.6 Ley N°26497, Ley de registro Nacional de Identidad y estado Civil.
1.1.7 Ley N°29973, Ley General de la Persona con Discapacidad OMAPED-
1.1.8 Ley N° 26102, Código de los Niños y Adolescentes de 1992 y ratificada en la ley 27337 del año 2000.
1.1.9 DS. N°006-2016-MIDIS, establece funciones a gobiernos locales relacionados con el PCA.
1.1.10 Leyes N° 24059 y N° 27470, ley que establece Normas Complementarias para la ejecución del PVL
La Subgerencia de Desarrollo Social, es una unidad Orgánica de Línea que tiene por objetivo promover, ejecutar, monitorear y apoyar proyectos y actividades con el propósito de elevar la calidad de vida, prioritariamente de los grupos humanos vulnerable; así como, de aquellos tradicionalmente excluidos, comunidades rurales, y personas con capacidades diferentes.
2.1. FUNCIONES
2.1.1 Formular, aprobar y evaluar la política en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del gobierno local, los planes de desarrollo concertado y Plan Operativo Institucional.
2.1.2 Formular, ejecutar y dirigir y controlar, las políticas locales en materia de educación, salud, vivienda, construcción y saneamiento, trabajo y promoción del empleo, así como aspectos relacionados con la participación activa de la juventud, comunidades campesinas indígenas, de conformidad con las políticas nacionales y plan desarrollo concertado.
2.1.3 Coordinar la ejecución y el funcionamiento de los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social del Estado, con énfasis en calidad de los servicios, la igualdad de oportunidades con equidad de género y el fortalecimiento de la economía provincial.
2.1.4 Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los programas o proyectos de desarrollo social.
2.1.5 Aprobar estrategias para promover programas o proyectos de desarrollo social, y tener un mejor impacto sobre los índices de pobreza.
2.1.6 Evaluar el cumplimiento de la ejecución de las políticas locales y el funcionamiento de los programas de lucha contra la pobreza y el desarrollo social.
2.1.7 Supervisar y evaluar el cumplimiento de metas de las unidades a su cargo.
2.1.8 Opinar de manera previa a la suscripción, sobre convenios y contratos con instituciones académicas, universidades y centros de investigación, en el marco de su competencia.
2.1.9 Supervisar y evaluar las actividades relacionadas con Educación, Cultura y Deporte; de participación y Seguridad Ciudadana; DEMUNA; OMAPED y CIAM; Servicios Públicos.
2.1.10 Supervisar y avaluar la ejecución del programa Vaso de Leche, que administra la Municipalidad Provincial de Celendín.
2.1.11 Velar por la sostenibilidad de los sistemas de agua potable y saneamiento de la jurisdicción.
2.1.12 Garantizar la adecuada administrar, operación y mantenimiento de los servicios de saneamiento realizada por las organizaciones comunales.
2.1.13 Reconocer y registrar a las instituciones y organizaciones que realizan acción y Promoción Social concertada con el gobierno local.
2.1.14 Elaborar la información estadística básica sistematizada.
2.1.15 Supervisar los procesos de fijación de tarifas de los servicios públicos locales.
2.1.16 Resolver los trámites para la expedición de carnets de sanidad.
2.1.17 Planificar organizar y dirigir las actividades relacionadas a la participación ciudadana en los presupuestos participativos de cada año.
2.1.18 Planificar y organizar la elección de los representantes de la sociedad civil para integrar el concejo de coordinación local.
2.1.19 Supervisar el proceso de organización de la sociedad civil, a través de comités de desarrollo comunal.
2.1.20 Planificar, organizar y dirigir y formular las actividades relacionadas a la elaboración de sus planes de desarrollo comunal por centro poblado.
2.1.21 Planificar, organizar, dirigir, supervisar, evaluar y controlar las actividades relacionadas con la seguridad ciudadana, con las participaciones de la sociedad civil, fiscalía, salud, educación, Jueces de Paz, rondas urbanas – campesinas y Policía Nacional.
2.1.22 Ejecutar el control del orden y dar seguridad a los servicios en los espacios de servicio públicos de la ciudad, conjuntamente con las Policía Nacional realizando patrullajes diurnos y nocturnos.
Es variado temperatura semitropical, ya que parte de su territorio está sobre la orilla del mar, y otra alojada en el valle del río Reque.
Su suelo presenta fértiles terrenos de cultivo en el sector de Callanca, Cúsupe y Larán, y un tanto salitrosos cerca al mar, donde se encuentran pantanos y médanos. Su flora es propia de las riberas del río, presentando especies como caña brava, carrizos, sauce, pájaro bobo, chilcos, totora, hinea, además de grama salada. Su fauna es pobre. En el río Reque encontramos la mojarra, el cachuelo, el life, el bagre, el cascafe y los camarones. Existen diversidad de insectos como chicharras, mariposas, luciérnagas, moscas, zancudos, tábanos. Entre las aves tenemos paloma, huanchaco, gorrión, guarda caballo, garza, patillos, lechuza. Su costa presenta una variada fauna, propia de la zona.
CORO
Monsefuanos al Pie de la historia
Bajo el ínclito Sol del Perú
Elevemos este himno de gloria
Por un nuevo y mejor Monsefú.
I
Nuestros héroes preclaros lo exigen:
Manuel Izaga y Diego Ferré
Nuestros pasos su ejemplo dirigen
A seguir en la lucha con fé.
II
La palabra de Izaga cubre
nuestra historia con luz de verdad
y nos dice que un día de Octubre
Nuestra villa pasó a ser ciudad
III
Esta villa que el gesto de Diego
al altar de la gloría llevó,
y el poeta Juan Parra del Riego
la Ciudad de las Flores llamó.
IV
Ellos dos nos inspiran la brega
monsefuanos de sangre chimú
monsefuanos de estirpe labriega
hacia un nuevo y mejor Monsefú
LETRA: Alfredo José Delgado Bravo